INSTITUCIÓN
EDUCATIVA JOSÉ HORACIO BETANCUR
Talleres
de apoyo para 2 semanas: del 11 hasta el 22 de mayo
Docente:
__Edinson Ariel Sánchez Lasso_____
Áreas:
_Ciencias Sociales___
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GRUPO:
7° A y B
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Estudiante:
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CIENCIAS
SOCIALES - ACTIVIDAD 1.
Tema: Concepto de ciudadanía en Grecia.
Objetivo: Reconocer cada
una de las características que debían tener una persona en la antigua Grecia
para ser considerado ciudadano.
Actividad. Con base en la
siguiente lectura resuelve los puntos que aparecen al final.
La ciudad griega y las características de su
ciudadanía.
A
continuación, trataremos de la época de la Grecia clásica,
hablaremos por tanto de tres siglos a través de los cuales quedará depositada
en nuestra cultura la concepción de persona y de ciudadano que, con diferentes
variaciones, atravesará toda la Historia de Occidente. Podemos pasar
rápidamente a Sócrates, quien, según se sabe, fue el primero que,
ocupándose de la noción de ciudadano en la ciudad de Atenas, acabaría condenado
a muerte. Los primeros pensadores de la Historia de nuestra civilización
Occidental que se ocuparon extensamente de la educación ético-cívica fueron
Platón y Aristóteles en el contexto de las antiguas ciudades griegas de los siglos
V y IV a.C., donde sistematizaron la idea de ciudadano y
anticiparon el concepto de persona. La ciudad (polis) griega es
el lugar más importante de la vida de estos griegos de antaño que inventaron
todas las ciencias y las artes llevándolas hasta una perfección aún en muchos
casos nunca superada.
Sus ciudadanos
se dividían en diferentes clases sociales: agricultores y comerciantes,
soldados y guerreros, nobles y sacerdotes; además de contar grupos
profesionales como, por ejemplo: poetas, músicos, arquitectos, escultores,
magos, adivinadores, sofistas y filósofos. Por lo general todas las clases
sociales, incluso las más bajas, contaban con esclavos, que
realizaban las labores más arduas o menos gratificantes de la sociedad.
Ser ciudadano significaba
en primer lugar una sola cosa, no ser esclavo. Sin embargo, es necesario
recordar que allí donde instauraron democracias en sus ciudades, los griegos
clásicos consideraron que había que ser varón y mayor de cierta edad para poder
detentar la cualidad de la ciudadanía de pleno derecho, con lo que excluyeron
de la misma a las mujeres y los niños, que la tendrían de hecho. Esto es, a tal
colectivo de mujeres y niños se les consideraba en cierto modo ciudadanos de
hecho, aunque no de derecho: al niño en cuanto nacido en la ciudad (y por
tanto, futuro ciudadano con voz y voto) y a la mujer en cuanto que madre,
puesto que lo había engendrado (pero sin voz ni voto en la asamblea).
La ciudadanía de derecho se reservaba a los varones mayores de edad e incluía las siguientes obligaciones: 1. La de ir a la guerra en defensa de la ciudad. 2. La de respetar a las deidades propias y a las leyes propias. 3. La de participar directamente en la asamblea de gobierno y defenderse o acusar en un litigio jurídico ante tribunales populares. Había ciudades que se gobernaban tiránicamente y de otros modos más o menos anti-populares, pero las que más nos interesan son las que se gobernaban democráticamente, esto es, las que decidían que el demos = conjunto de ciudadanos, gobernase. Tales democracias directas y restringidas eran muy distintas a las democracias representativas de nuestros días, pero constituyen la base o los cimientos de las democracias posteriores.
La ciudadanía de derecho se reservaba a los varones mayores de edad e incluía las siguientes obligaciones: 1. La de ir a la guerra en defensa de la ciudad. 2. La de respetar a las deidades propias y a las leyes propias. 3. La de participar directamente en la asamblea de gobierno y defenderse o acusar en un litigio jurídico ante tribunales populares. Había ciudades que se gobernaban tiránicamente y de otros modos más o menos anti-populares, pero las que más nos interesan son las que se gobernaban democráticamente, esto es, las que decidían que el demos = conjunto de ciudadanos, gobernase. Tales democracias directas y restringidas eran muy distintas a las democracias representativas de nuestros días, pero constituyen la base o los cimientos de las democracias posteriores.
Con base en la lectura, resuelve:
1.
Explica
¿qué significaba ser ciudadano en Grecia?
2.
¿Qué
cualidades se debía tener para detentar la ciudadanía en pleno derecho en Grecia?
3.
¿En
qué consistía la ciudadanía de derecho? ¿qué obligaciones traía consigo?
4.
¿Qué
diferencias encuentras entre el concepto de ciudadanía en Grecia y el concepto
de ciudadanía actual?
5.
Consulta
la organización política de Atenas y Esparta. Escribe sus principales
diferencias.
CIENCIAS
SOCIALES - ACTIVIDAD 2.
Tema: Concepto de ciudadanía en Roma.
Objetivo: Reconocer las
diferentes formas de adquisición de la ciudadanía en Roma.
Actividad. Con base en la
siguiente lectura resuelve los puntos que aparecen al final.
Adquisición
de la ciudadanía romana por nacimiento
El hijo nacido del matrimonio de personas que entre sí tenían el connubium, justas nupcias, era ciudadano si lo era también su padre en el momento de la generación; pero el hijo nacido de unión sexual entre personas que no estaban unidas en justas nupcias, seguía la condición que tuviese la madre en el momento del parto.
Adquisición de la ciudadanía romana por manumisión
Según el derecho romano antiguo, para que la manumisión produjese la ciudadanía romana, era necesario que la otorgare un ciudadano romano que tuviere el dominio civil sobre el esclavo que iba a ser manumitido, y que se realizare con la solemnidad de formas prescritas por el derecho civil. Las manumisiones hechas defectuosamente o por quien no tenía el dominio civil sobre el esclavo eran primitivamente del todo ineficaces para dar la libertad, y más tarde no producían a lo sumo más que la libertad latina.
Los latinos, como vimos, constituían una clase intermedia entre los ciudadanos romanos y los peregrinos, y se distinguían en coloniari y iuniani. Los latinos colonos eran los habitantes de las colonias latinas, y los latinos junianos eran libertinos que por razón de no haberse ajustado su manumisión a las reglas del derecho civil no adquirían sobre sí mismos el dominio civil romano (civitas), sino solamente el dominio del derecho de gentes conforme a la ley Junia Norbana. Los latinos ocupaban en el derecho privado un lugar intermedio entre los ciudadanos y los peregrinos, porque gozaban del ius commercii, pero estaban excluidos del ius connubii.
Hay que observar, no obstante, que aun cuando los latinos junianos tenían por regla general el ius commercii, estaban privados de la capacidad de hacer testamento, de adquirir por testamento y de ser nombrados tutores testamentarios, y al morir pasaban sus bienes al antiguo dueño (in ipso ultimo spiritu simul animam atque libertatem amittebant).
Había algunos casos en los cuales los latinos y aun los peregrinos podían adquirir la ciudadanía romana.
Adquisición de la ciudadanía romana por concesión especial.
Por concesión especial la ciudadanía fue otorgada primero por el pueblo y por el Senado, y más tarde por el emperador, a beneficio de determinadas personas y también a favor de poblaciones y provincias enteras. Las leyes prometían la ciudadanía en premio de ciertos servicios prestados al Estado o a la ciudad de Roma, y Caracalla concedió la ciudadanía a todos los hombres libres domiciliados en el Imperio.
En el derecho justinianeo no existe ya diferencia alguna entre ciudadanos latinos y peregrinos; todos los habitantes del Imperio son ciudadanos, y los extranjeros (o sea los pueblos que estaban fuera de la civilización romana) se llamaban bárbaros.
Con base en lo anterior, resuelve:
1.
Explica
¿qué significa ser ciudadano en Roma?
2.
¿Qué
privilegios tenía ser ciudadano en Roma?
3.
Consulta
le evolución de la ciudadanía en Roma.
4.
Consulta
las causas de la pérdida de la ciudadanía en Roma.
5.
¿Qué
diferencias encuentras entre el concepto de ciudadanía en Grecia y el concepto
de ciudadanía actual?
6.
Consulta
la organización política de Roma.
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